Resumen rápido: En inspecciones por dietas exentas del IRPF, la empresa (pagadora) debe justificar día, lugar y motivo del desplazamiento y su vinculación laboral. El trabajador solo conserva y entrega justificantes de ciertos gastos (p. ej., transporte público y alojamiento).
Marco normativo de referencia
Artículo 105 LGT: regla general de la carga de la prueba
El artículo 105 de la Ley General Tributaria (LGT) obliga a quien alega un derecho a aportar la prueba. En dietas exentas, hoy se interpreta con el criterio jurisprudencial que desplaza la carga hacia quien tiene mejor acceso a la documentación: la empresa.
Artículo 9 del Reglamento del IRPF: condiciones y límites de exención
El artículo 9 del RIRPF regula cuándo las asignaciones para gastos de viaje están exentas y fija límites orientativos:
| Concepto | España | Extranjero |
|---|---|---|
| Manutención con pernocta | 53,34 €/día | 91,35 €/día |
| Manutención sin pernocta | 26,67 €/día | 48,08 €/día |
| Kilometraje (vehículo propio) | 0,26 €/km + peajes y aparcamiento justificados | |
Nota: las cantidades que excedan los límites se consideran rendimientos del trabajo y tributan en IRPF.
Criterio del TEAC: reparto de responsabilidades
- Empresa (pagadora): acreditar día, lugar y motivo laboral del desplazamiento; y la conexión con la actividad.
- Trabajador (perceptor): conservar justificantes de transporte público, alojamiento, peajes y otros gastos bajo su control.
Este criterio pragmático redujo conflictos, pero permitía requerimientos directos al empleado.
Doctrina del Tribunal Supremo: la empresa asume la carga principal
La Sentencia del Tribunal Supremo de 20/01/2020 consolida que, en inspección, Hacienda debe requerir la prueba a la empresa, por ser quien puede aportar órdenes de trabajo, partes de desplazamiento, agendas y facturas.
Claves jurídicas
- Facilidad probatoria: la carga recae en quien tiene la documentación.
- Relación laboral: las dietas nacen del vínculo empresa-trabajador; responde el pagador.
- Protección del trabajador: no procede exigirle directamente lo que corresponde a la empresa.
El trabajador puede colaborar con justificantes, pero su papel es auxiliar.
Casos especiales: administradores, socios y autónomos
Administradores y socios
Se exige mayor rigor para demostrar la vinculación laboral/operativa y evitar la recalificación como retribución: actas y convocatorias, agendas, contratos, órdenes de trabajo y facturas nominativas.
Autónomos con empleados
El autónomo empleador es pagador y asume la misma carga probatoria que una sociedad: partes de trabajo, justificantes y políticas internas.
Ejemplos prácticos y errores comunes
Ejemplo 1: Comercial en ruta
Dietas por visitas en Madrid. La empresa debe poder mostrar agenda, emails o CRM que justifiquen día, lugar y motivo. El trabajador no atiende requerimientos directos salvo colaboración.
Ejemplo 2: Transporte internacional
Estancias justificadas por módulos (transportistas). Conservar partes de viaje, CMR, peajes y repostajes. Errores típicos: no registrar pernocta o no identificar trayectos.
Errores frecuentes
- Dietas abonadas en efectivo sin soporte documental.
- Usar dietas para comidas locales habituales cerca del centro de trabajo.
- Tickets sin fecha o ubicación clara.
- No diferenciar entre dietas y gastos reembolsados.
Buenas prácticas
- Política interna de viajes con topes y procedimientos.
- Registro digital de desplazamientos (app, ERP o CRM).
- Auditoría trimestral de justificantes.
- Formación a mandos y personal itinerante.
Consecuencias y riesgos
- Regularización como rendimientos del trabajo si no se prueban requisitos.
- Recargos y sanciones (en función de la graduación y reiteración).
- Coste reputacional y de gestión por inspecciones repetidas.
Checklist y plantilla
Checklist para empresas
- Orden/parte de trabajo con fecha, lugar y motivo.
- Justificantes de manutención y estancia.
- Billetes o kilometraje (0,26 €/km) + peajes/aparcamiento.
- Política de viajes firmada por el personal.
- Archivo digital centralizado y trazable.
Plantilla breve de política interna
POLÍTICA DE DIETAS (extracto)
- Ámbito: personal itinerante y desplazamientos ocasionales.
- Autorización previa: responsable de área.
- Límites: RIRPF (53,34/26,67/91,35/48,08; 0,26 €/km).
- Justificantes: tickets/facturas nominativas; partes de trabajo.
- Plazo de entrega: 10 días desde el regreso.
- Auditoría trimestral: control interno/gestoría.Preguntas frecuentes
¿Quién tiene la carga de la prueba en dietas exentas del IRPF?
La empresa (pagadora). Debe demostrar la realidad del desplazamiento y su conexión con la actividad laboral.
¿Puede Hacienda exigir directamente al trabajador?
La Administración debe dirigirse prioritariamente a la empresa. El trabajador colabora, pero no soporta la carga principal.
¿Cuáles son los límites exentos vigentes?
Manutención: 53,34/26,67 € (España) y 91,35/48,08 € (extranjero). Kilometraje: 0,26 €/km más peajes/aparcamiento justificados.
¿Y si el perceptor es administrador o socio?
Se exige mayor rigor documental (actas, agendas, órdenes y facturas). Sin soporte, puede haber recalificación como retribución sujeta a IRPF.
