Cómo cambiar el domicilio fiscal y social de una SL paso a paso 2025

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Cómo cambiar el domicilio fiscal y social de una SL paso a paso

El cambio de domicilio fiscal o social de una sociedad limitada (SL) es un trámite habitual en la vida de una empresa. Puede deberse a un traslado de oficina, cambio de sede operativa o ajustes estratégicos. Sin embargo, es importante realizarlo correctamente ante los organismos competentes para evitar sanciones o notificaciones erróneas.

En este artículo te explicamos paso a paso qué trámites realizar y ante qué organismos, diferenciando entre el domicilio fiscal y el domicilio social.

¿Cuál es la diferencia entre domicilio fiscal y domicilio social?

  • Domicilio fiscal: Es el lugar donde la empresa está localizada a efectos de Hacienda. Allí se reciben notificaciones de la Agencia Tributaria.
  • Domicilio social: Es el que figura en los estatutos de la sociedad y se publica en el Registro Mercantil. Tiene efectos jurídicos y mercantiles.

Ambos pueden coincidir, pero no siempre. En cualquier caso, si cambian, es obligatorio notificarlos para mantener actualizada la información legal y fiscal de la empresa.

Pasos para cambiar el domicilio fiscal de una SL

  1. Acceder al modelo 036 o 037 de la AEAT. Puedes hacer el trámite online desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria con certificado digital.
  2. Rellenar el apartado correspondiente al cambio de domicilio. Indica el nuevo domicilio fiscal y la fecha efectiva del cambio.
  3. Firmar y presentar el modelo. El cambio surtirá efecto inmediato desde el momento de la presentación, salvo que se indique una fecha posterior.

⚠️ Este cambio no modifica el domicilio social, que requiere un procedimiento más formal.

Pasos para cambiar el domicilio social de una SL

El cambio del domicilio social conlleva una modificación estatutaria, por lo que debe realizarse con más formalidades:

  1. Convocar una Junta General de socios. Para aprobar el cambio, salvo que el administrador tenga esta competencia delegada en los estatutos.
  2. Redactar el acta o el acuerdo social. Que refleje la modificación del domicilio.
  3. Otorgar escritura pública ante notario. Se recoge el cambio de domicilio en escritura para su inscripción registral.
  4. Inscribir el cambio en el Registro Mercantil. Presentando la escritura junto con los documentos necesarios.

Una vez registrado el nuevo domicilio social, se puede actualizar también el domicilio fiscal si ambos coinciden.

¿Qué plazos tengo para notificar los cambios?

No hay un plazo fijo en la ley, pero se recomienda hacerlo en los días inmediatamente posteriores al traslado para evitar problemas con notificaciones o inspecciones. Además, algunas ayudas, contratos o subvenciones pueden exigir la actualización inmediata del domicilio social o fiscal.

¿Qué ocurre si no se comunica el cambio?

No comunicar el cambio de domicilio fiscal o social puede acarrear consecuencias legales y administrativas para la empresa. Aunque a veces se subestima su importancia, mantener desactualizada esta información puede generar problemas serios en el futuro. Estos son los más habituales:

🔹 Multas administrativas

El Registro Mercantil y la Agencia Tributaria exigen que los datos de la empresa estén siempre actualizados. Si no se comunica el cambio, la sociedad puede ser sancionada por incumplir sus obligaciones registrales y censales. Estas multas pueden ir desde 150 € en adelante, según la gravedad y el retraso.

🔹 Problemas con notificaciones oficiales

Tener un domicilio desactualizado puede provocar que Hacienda, juzgados o cualquier organismo oficial envíen notificaciones a la dirección antigua. Esto puede derivar en:

  • Notificaciones no recibidas y procedimientos administrativos que avanzan sin que la empresa pueda defenderse.

  • Embargos preventivos por no responder a requerimientos o deudas comunicadas en plazo.

  • Pérdida de ayudas, subvenciones o licitaciones por no estar correctamente localizable.

🔹 Invalidez de acuerdos societarios

Si se celebran juntas, decisiones o acuerdos en una dirección que no figura como domicilio social oficial, puede cuestionarse su validez legal, especialmente en situaciones de conflicto entre socios o ante un juzgado. En algunos casos, esto ha provocado la nulidad de acuerdos societarios por defecto formal.

🔹 Dificultades bancarias o comerciales

Muchas entidades financieras y proveedores revisan el domicilio social y fiscal antes de renovar contratos, conceder financiación o firmar acuerdos. Si los datos no coinciden con los registros oficiales, puede generar desconfianza o bloqueos administrativos.

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En nuestra gestoría en Barcelona nos encargamos de todo el proceso: desde la modificación de estatutos hasta la presentación ante Hacienda y el Registro Mercantil.

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