En 2026 la Agencia Tributaria da un paso decisivo en el control fiscal mediante la intensificación de los cruces automáticos de datos financieros. Este cambio no implica más inspecciones presenciales, sino un uso mucho más avanzado de la información que ya recibe Hacienda de bancos, entidades de pago y operadores de medios electrónicos.
Autónomos y pymes deben entender qué información se comunica, con qué frecuencia y qué errores están provocando ya comprobaciones automáticas y requerimientos.
Por qué Hacienda refuerza los cruces automáticos en 2026
La generalización de los pagos digitales, la aparición de nuevos intermediarios financieros y la operativa transfronteriza han obligado a actualizar el sistema de información financiera del que dispone la Agencia Tributaria.
Con este objetivo, el Real Decreto 253/2025 ha modificado el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria para adaptar las obligaciones informativas a la realidad actual de los medios de pago.
El resultado es un sistema en el que Hacienda dispone de información más frecuente, más detallada y procedente de más sujetos obligados, lo que permite detectar incoherencias sin necesidad de iniciar inspecciones tradicionales.
Qué entidades están obligadas a informar a Hacienda
A partir de 2026 no solo informan los bancos tradicionales. También están obligadas a suministrar información:
- Entidades de pago.
- Entidades de dinero electrónico.
- Operadores que prestan servicios desde otros países, aunque no tengan establecimiento permanente en España.
La obligación afecta a todas las entidades que operen con personas físicas o jurídicas residentes en España o con establecimientos permanentes en territorio español.
Qué información financiera se comunica a la AEAT
Información sobre cuentas (modelo 196)
La obligación informativa se amplía a todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias, incluidas:
- Cuentas corrientes y de ahorro.
- Imposiciones a plazo.
- Cuentas de crédito.
- Cuentas de pago.
- Otros instrumentos equivalentes, aunque no generen intereses.
La información sobre titulares y autorizados se comunica de forma periódica, y los datos económicos se informan en el último periodo del ejercicio.
Pagos con tarjeta y sistemas móviles (modelo 170)
El modelo 170 se redefine para abarcar cualquier sistema de cobro electrónico, incluyendo:
- Tarjetas físicas y virtuales.
- Sistemas de débito, crédito y dinero electrónico.
- Sistemas de cobro mediante teléfono móvil.
Esta información solo se comunica cuando los cobros corresponden a empresarios o profesionales. En el caso de Bizum, quedan excluidos expresamente los pagos entre particulares.
Cambio clave: información mensual y sin umbrales
Uno de los cambios más relevantes es que la información pasa de ser anual a mensual. Esto permite a Hacienda detectar incoherencias casi en tiempo real.
Además, se elimina el antiguo umbral mínimo que limitaba la obligación informativa en los cobros con tarjeta. A partir de 2026, todos los cobros profesionales pueden ser comunicados, con independencia de su importe.
Nuevas obligaciones informativas adicionales
La reforma también actualiza otros modelos informativos:
- Modelo 171, relativo a movimientos de fondos y documentos de cobro.
- Modelo 181, sobre préstamos y créditos vinculados a bienes inmuebles, que pasa a presentarse en formato XML.
Además, se introduce un nuevo artículo 38 ter, que establece una obligación informativa anual sobre el conjunto de operaciones realizadas con tarjetas, centrada en aquellas con mayor volumen de movimientos.
Qué cruza Hacienda de forma automática
Con esta información, la Agencia Tributaria cruza de forma automática:
- Cobros detectados por entidades financieras.
- Ingresos declarados en IVA, IRPF o Impuesto sobre Sociedades.
- Modelos informativos presentados por terceros.
Cualquier diferencia relevante entre estos datos puede generar comprobaciones automáticas o requerimientos de información.
Errores habituales que están provocando comprobaciones
- Ingresos cobrados por medios electrónicos que no figuran en las declaraciones.
- Diferencias entre lo declarado en IVA y lo declarado en IRPF o Sociedades.
- Uso de cuentas personales para cobros profesionales.
- Falta de conciliación entre contabilidad y movimientos bancarios.
Cómo reducir el riesgo de comprobaciones en 2026
- Separar cuentas personales y profesionales.
- Conciliar periódicamente cobros electrónicos y contabilidad.
- Revisar coherencia entre IVA, IRPF y modelos informativos.
- Regularizar errores de forma voluntaria antes de recibir requerimientos.
En el nuevo escenario, la prevención es clave. La mayoría de incidencias no se detectan por inspecciones presenciales, sino por incoherencias matemáticas y documentales detectadas automáticamente.
Cuándo empezará Hacienda a usar estos datos
La Agencia Tributaria comenzará a recibir la información mensual correspondiente a los nuevos modelos a partir de febrero de 2026. Desde ese momento, los cruces automáticos se intensificarán progresivamente.
Las empresas y autónomos que no adapten sus sistemas de control interno a esta nueva realidad tendrán un mayor riesgo de comprobaciones y regularizaciones.
