Gastos deducibles para los Autónomos en la campaña Renta 2018
Te presentamos los gastos que los Autónomos pueden deducir al momento de realizar su declaración de la Renta 2018, si estás dentro de este grupo, te invitamos a revisar detalladamente estos puntos y a usarlos a tu favor:
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Seguros de enfermedad
Se podrán deducir las primas de seguro de enfermedad que abone cada autónomo, en la parte correspondiente a su propia cobertura y a la de su cónyuge e hijos menores de veinticinco años que aún conviva con el autónomo contribuyente.
El límite máximo de deducción será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente o 1.500 euros si presentan alguna discapacidad.
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Gastos domésticos
Si se trabaja desde casa, se podrá deducir parte de los gastos de suministros. Se podrá incluir el 30% de la factura por diversos servicios que previamente se hayan declarado ante Hacienda como dedicada a la actividad.
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Gastos por dietas de manutención
Se podrán declarar como gastos deducibles hasta 26,67 euros diarios en concepto de dietas, 48 euros en el extranjero, cuando no haya pernocta y 53,34 euros diarios cuando existe pernocta. Los gastos deben reflejarse por un establecimiento de restauración y hostelería, ser abonados por medios electrónicos y justificados con factura.
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Teléfono móvil
Para considerar la factura del móvil como gasto deducible, se debe tener una línea telefónica específica para el desarrollo de tu actividad.
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Gastos de vestuario
Se podrá deducir el gasto de vestuario que requiera la actividad, por ejemplo: uniformes, vestuario o equipamiento, incluyendo como soporte el anagrama del negocio para que sean consideradas.
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Gasolina y gastos del vehículo
Solo podrán beneficiarse con esta deducción aquellos contribuyentes que se dediquen a actividades de transporte de viajeros, mercancías, enseñanza de conductores o actividades comerciales. Por ejemplo: taxistas, transportistas, repartidores, mensajeros, autoescuelas, agentes comerciales y representantes.
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Incentivos al mecenazgo
Incluye todos los incentivos a la participación en actividades de interés general. Entendiéndose aquellos que tengan que ver con la defensa de los derechos humanos, la cooperación al desarrollo, defensa del medio ambiente, fundaciones, causas comunes, etc.
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Arrendamientos y cánones
Se podrán deducir los gastos correspondientes a alquileres, cánones, asistencia técnica, cuotas de arrendamiento financiero, siempre y cuando que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables.
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Servicios profesionales independientes
Resultan deducibles los honorarios profesionales de abogados, economistas, auditores, notarios así como las comisiones de agentes comerciales.
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Otros gastos deducibles
Se pueden considerar gastos deducibles aquellos destinados al enriquecimiento intelectual o estratégico del autónomo, cursos, seminarios, congresos, libros, suscripción a revistas o publicaciones relacionadas, etc.
Esperamos que como autónomo, sepas sacarle provecho a esta información y puedas identificar los gastos que podrás deducir en esta campaña.
Si necesitas una consulta personalizada sobre este u otros temas, no dudes en ponerte en contacto con nosotros vía web: www.lolabusiness.com o a través de nuestro teléfono/WhatsApp 665250823 ¡Estaremos encantados de apoyarte!