Comenzar a trabajar por cuenta ajena siempre es algo que da cierto temor. No conoces los trámites que tienes que llevar a cabo, no sabes si el negocio saldrá como tú quieres o cuál es la cantidad que tienes que pagar a Hacienda.
En cualquier caso, es importante contar con una asesoría que te ayude a dar tus primeros pasos y en tu Gestoría de Barcelona Lola Bussiness contamos con amplia experiencia ofreciendo asesoramiento a nuevos a autónomos que quieren ver como su negocio aumenta y le conduce al éxito esperado.
No es lo mismo si te das de alta en autónomos por primera vez que si ya lo habías hecho. La edad y la base de cotización también pueden influir en la cuota mensual que debes pagar.
Pero vayamos por partes.
¿Qué es un trabajador por cuenta propia o autónomo?
Se entiende por trabajo por cuenta propia o autónomo la actividad económica o profesional realizada por persona física de forma habitual personal y directa, a título lucrativo, fuera del ámbito de organización y dirección de otra persona, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.
Un trabajador por cuenta ajena por el contrario es una persona que, voluntariamente, decide prestar sus servicios profesionales a una empresa u organización, trabajando bajo el mandato de su empleador, quien además le proporciona un salario fijo a cambio de su trabajo.
¿Cuáles son las bases de cotización de los autónomos?
En el año 2021 la base mínima de cotización se sitúa en los 944,40 euros mensuales como mínimo y los 4.070,10 euros mensuales como máximo.
Siempre se puede elegir cuando te das de alta qué tipo de cotización es mejor. Salvo algunas excepciones como:
Si tienes 47 años cuando comienza el año 2021 y tu base de cotización es menor a 2062€ solo podrás escoger las bases que se encuentren entre la mínima y los 2.077,80 euros mensuales.
Si tienes 48 años al inicio de esta año tu base mínima será de 1.018,50 € a no ser que hayas cotizado al menos 5 años por cuenta propia con anterioridad.
¿Cómo funciona la tarifa plana de autónomos?
Con la tarifa general se paga mensualmente 283,32€ (Esto puede ir variando según las subidas de impuestos).
La famosa tarifa plana de autónomos es conocida por ser un auténtico bálsamo para aquellas personas que inician por primera vez su actividad por cuenta propia y necesitan cierta ayuda para comenzar.
Gracias a esta tarifa, los autónomos que coticen según la base mínima reguladora tendrán una importante reducción en la cuota mensual que deben pagar.
El primer año la cuota será de 60€ mensuales.
Si cotizas por encima de la base mínima, pagarás exactamente el 80% sobre tu cotización.
Existe una excepción para aquellas personas que realicen su actividad laboral en un lugar con menos de 5.000 habitantes. Estas personas siempre y cuando justifiquen que ejercen su función en dicho lugar, estén empadronados y tengan un mínimo de actividad y mantengan el alta al menos dos años más, podrán alargar este beneficio dos años.
Pero tranquilo. Si no cumples esto todavía no tendrás que pagar el importe total del pago de autónomos.
En el segundo tramo pagaras 141,64€ desde el mes 13 al 18.
Del mes 18 al 24 pagarás 198,51€
Del 2ºal tercer año la cuota será la misma: 198.51
Tarifa societaria
Con esta tarifa especial y hasta hace poco se pagan un total de 364,23€ al mes. Sin embargo estas tarifas se han suavizado y actualmente las sociedades también pueden acogerse a la tarifa plana siempre que cumplan ciertos requisitos.
Varios trabajos
Seguro que conoces algún caso de un trabajador que tiene un contrato empresarial por la mañana y por la tarde tiene un trabajo por cuenta propia.
Es el caso de muchos médicos que trabajan para la seguridad social pero también tienen sus consultas privadas.
También en este caso es posible someterse a la bonificación por pluriactividad.
Dependiendo de la jornada laboral el importe a pagar será diferente.
En caso de elegir una jornada completa:
Los primeros 18 meses pagarás 125.61€.
Del mes 18 al 36 pagaras 188,41
So optas por la jornada parcial:
Los primeros 18 meses pagaras 188,41€
Del mes 18 al 36 pagaras 213,53€
Peculiaridades tarifa plana
Antes de modificarse la ley era posible darse de baja y de alta en el mismo año (un maximo de 3 veces), pudiendo seguir disfrutando de la tarifa.
Hoy en dia,si te das de baja y vuelves a darte de baja perderas la bonificacion a no se que esperes 3 años sin actividad por cuenta propia.
¿Qué hacer para solicitar la Tarifa plana?
Si cumples los requisitos fijados por la ley puedes darte de alta de manera sencilla a través de la Web de la Seguridad social.
En caso de que dedicas hacerlo tu deberás realizar los tramites correspondientes en la AEAT y la TGSS
Trámites para el alta en Hacienda
Para este trámite deberás rellenar el modelo 067.De esta forma es como se comunica a Hacienda que vas a ejercer una actividad por cuenta propia.
Trámites en la Seguridad Social
Después de rellenar el modelo debes ir a la Tesorería General de la Seguridad Social. Allí tramitaras el alta y la presentación a la RETA.
Para ello se necesita el modelo TA0521, tu DNI o NIF y presentar el modelo 037 en el censo de empresarios.
Para evitar errores, despistes o ansiedades de más, lo mejor es que apuestes por profesionales que se dedican a este tipo de trámites.
En Lola Business tu gestoría de Barcelona podemos asesorarte y guiarte en tu nueva andadura.