Tributación del rescate de un plan de pensiones

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Un plan de pensiones es un instrumento financiero de ahorro a largo plazo, que en términos fiscales se maneja de dos maneras, por un lado otorga beneficios fiscales y por el otro abarca la tributación del rescate del plan.

En un plan de pensiones, el partícipe realiza aportes anuales que, además de aumentar por sí solas la cuantía del plan, generarán rentabilidad, de acuerdo a su plan de inversión.

Una vez se haya cumplido el lapso necesario para cada plan, el partícipe puede rescatar o disponer de sus aportes más los intereses.

Casos en los que se puede rescatar un plan de pensiones

Los planes de pensiones están pensados para su uso en el período de jubilación, sin embargo, existen situaciones que permiten el rescate de un plan:

  • Invalidez.
  • Fallecimiento.
  • Largo período de tiempo de desempleo.
  • Enfermedad grave.
  • Desahucio de la vivienda.
  • Pasados 10 años de la primera aportación, lo cual está vigente desde el 2015 y el dinero puede rescatarse a partir del 2025.

Formas de rescatar un plan de pensión

  • Como capital: se cobran todos los fondos de una sola vez.
  • Como renta: se recibe regularmente una cantidad determinada de los fondos.
  • En forma mixta: una parte de los fondos se rescatan en forma de capital y otra en forma de renta.
  • En forma de disposición: consiste en recibir los fondos a petición del beneficiario sin una periodicidad regular con las limitaciones que se establezcan en las especificaciones de los planes de pensiones.

Rescate de un plan de pensiones y su tratamiento fiscal

Cuando un plan de pensiones se rescata, los fondos son considerados rendimientos de trabajo, por lo cual generan un aumento en la base imponible del IRPF y por ende los impuestos a cancelar. Los tramos actuales del IRPF son:

  • 0 a 12.450 € = 19 %
  • 451 € a 20.200 € = 24 %
  • 201 € a 35.200 € = 30 %
  • 201 € a 60.000 € = 37 %
  • Más de 60.001 € = 45 %

De acuerdo a esto, la manera en la cual se rescatar un plan de pensiones influye de forma considerable, siendo una de las mejores opciones el rescate en forma de renta.

Reducción del 40 %

Se debe considerar la reducción del 40 % de los fondos rescatados del plan de pensiones en forma de capital. En 2007 se eliminó la reducción, sin embargo, se estableció un periodo de transición que permite la reducción de las cantidades aportadas al plan antes del 1 de enero de 2007.

Si la posibilidad de rescatar el plan de pensiones ha tenido lugar a partir del 1 de enero de 2015, la reducción se podrá aplicar en el mismo ejercicio de la jubilación o en los dos siguientes.

Para las contingencias ocurridas entre 2011 y 2014, se podrá aplica la reducción a los fondos rescatados antes de la finalización del octavo año desde la contingencia.

Por último, los casos anteriores a 2010, tendrán la reducción del 40 % en los fondos que se reciban hasta el 31 de diciembre de 2018.

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