¡Adiós al papel!
Una de las novedades de este año es que Hacienda ha decidido suprimir la ‘predeclaración’ en papel para evitar la duplicidad en las declaraciones. En vez de esto, la declaración debe presentarse a través de Internet, por teléfono o en las oficinas de la Agencia previa solicitud de cita para confirmar el borrador.
Fechas clave para la declaración de Renta 2018
Te indicamos las fechas claves que has de tener en cuenta este año para no tener problemas con la Agencia Tributaria para realizar los trámites de tu declaración de Renta:
15 marzo: Consulta datos fiscales. Obtención del número de referencia y suscripción a la app.
1 abril: Comienza el plazo de solicitud de cita para el plan ‘Le llamamos’.
2 abril: Comienza la campaña de la Renta por Internet y teléfono.
9 mayo: Cita previa para atención en oficinas.
14 mayo: Inicio atención presencial en oficinas.
26 junio: Plazo máximo de domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar.
28 junio: Último día para solicitar cita previa.
1 julio: Último día para presentar la declaración.
5 noviembre: Plazo máximo para el ingreso del segundo plazo si se fraccionó el pago.
Información a considerar:
- Puedes consultar tus datos fiscales para la Renta 2018 y verificar cuál es la información con la que cuenta Hacienda.en el siguiente link: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta.shtml
- Puedes pedir cita por teléfono (915530071 y 915357326), o por Internet en la web de hacienda www.agenciatributaria.es o por la aplicación móvil de la AEAT y elegir el día y la hora en que la Agencia se pondrá en contacto con el contribuyente para presentar su declaración. Las citas se facilitan cada 15 minutos y las llamadas se hacen entre las 9 y las 20.30 horas. También puedes utilizar el llamado plan “le llamamos” a los teléfonos: 901 12 12 24 o 91 535 73 26 -Automático-.
- No todos los contribuyentes pueden utilizar el servicio que ofrece la Agencia Tributaria. Por ejemplo, quedan excluidos los contribuyentes con algún tipo de ingreso de capital inmobiliario (alquileres), por ingresos de actividades económicas (autónomos) o por doble imposición internacional, entre otros.
IMPORTANTE: Revisar detenidamente el borrador
Uno de los fallos más comunes en estos días de campaña de la Renta es que, cuando ves que el borrador te sale a devolver (aunque sea poco) directamente lo confirmas, no le prestas demasiada atención. Piensas “qué bien, no he de pagar…. Wow!”. Sin embargo, te recomendamos que lo analices, porque pueden introducirse algunas correcciones con las que incrementarás esa devolución (deducciones que son de tu comunidad autónoma y no se han aplicado correctamente, situaciones concretas que no ha tenido en cuenta, …).
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