La factura electrónica, obligatoria para PYMES y autónomos

El pasado 29 de septiembre, el BOE publicaba la novedad recogida en la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, donde se expone la nueva obligatoriedad para todas las empresas, pymes y profesionales, de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y profesionales.

La nueva normativa determina que, además de emitir entre empresas y profesionales, dichas facturas electrónicas, deben informar sobre el estado de las mismas, para que los usuarios puedan leer, copiar, descargar e imprimir la factura electrónica de forma gratuita.

Si todavía no dispones de un sistema de facturación electrónica, a continuación, desde Lola Business, vamos a resolver tus dudas antes esta nueva normativa que será obligatoria desde 2023 o 2025 dependiendo de tu facturación anual.

Factura electrónica pymes y autonomos

Ventajas del uso de la factura B2B

  1. Reducir los costes en las transacciones comerciales de empresas y profesionales.
  2. Facilita el acceso a la información entre empresas sobre las condiciones de pago.
  3. Una herramienta útil para luchar contra la morosidad.
  4. Control total sobre los pagos, hace más fácil el seguimiento de las facturas y los plazos de pago.
  5. Impulsar la transformación digital.
  6. Facilitar la transparencia en el tráfico mercantil
  7. Ahorro a nivel medioambiental, de gestión y de tiempo.

¿Qué hacer para cumplir con la nueva ley de la factura electrónica?

A fin de poder cumplir con esta ley, existen diversos requisitos legales de la facturación electrónica que deberás tener en cuenta para que lo apliques en tu empresa:

  • Se deberá contar con un programa de facturación electrónica para su gestión, tanto en emisión como en recepción de facturas (en este caso lo facilitarán las empresas o autónomos con los que se mantengan relaciones comerciales).
  • Emitir absolutamente todas las facturas que tengan que ver con relaciones comerciales (con otras empresas o profesionales) de forma electrónica.
  • El contenido de una factura electrónica deberá cumplir con la normativa del Reglamento de Facturación que se aplica así mismo para la factura física.
  • Las empresas y autónomos deben facilitar el acceso a los destinatarios para poder leer, descargar, copiar e imprimir las facturas de forma gratuita.
  • Se deberá mantener un acceso a dichas facturas electrónicas, durante al menos un periodo de 4 años.

Sanciones por no emitir o permitir acceso a las facturas electrónicas

Todas las empresas y profesionales deben cumplir con la obligación de la factura electrónica y sus requisitos legales, en caso contrario, las empresas o autónomos que no ofrezcan a los usuarios la posibilidad de recibir facturas electrónicas o no permitan el acceso a sus facturas de las personas que han dejado de ser clientes, podrían enfrentarse a sanciones como apercibimiento o multas por valor de hasta 10.000€.

¿Cuándo se deberá aplicar la normativa de la factura electrónica?

Muchos de los profesionales y empresas, ya están acostumbrados a emitir facturas electrónicas, por ejemplo, para las administraciones públicas, es de obligado cumplimiento. Por suerte, no es de aplicación inminente si todavía no has digitalizado tu facturación, por el momento es de carácter voluntario. A continuación te explicamos cuales son los plazos dependiendo de la facturación anual:

Plazo para empresas y autónomos que facturen menos de 8 millones

Las empresas y profesionales que tengan unas facturación anual inferior a 8 millones de euros, dispondrán de un periodo de 3 años después de la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, es decir, para septiembre de 2025, las empresas con este rango de facturación, tienen que haber adoptado ya la factura electrónica. 

Plazo para empresas y autónomos que facturen más de 8 millones

Más exigentes son los plazos para aplicar esta obligatoriedad en las empresas y profesionales con volumen de facturación anual mayor a 8 millones de euros, en este caso, dispondrán de solo un año para adaptarse, es decir, a partir de septiembre de 2023 ya tendrán que haberse adaptado a esta nueva forma de facturación.

La subveción del Kit Digital y la factura electrónica

Como comentábamos en nuestro anterior artículo sobre la Subvención del Kit Digital para PYMES y autónomos, hay un aspecto importante en relación a la factura electrónica que podría resultarte muy útil.

Si actualmente todavía no dispones de un sistema de facturación electrónica, este programa «Kit Digital» tiene como objetivo fomentar la digitalización de las empresas en sus sistemas de trabajo, por lo tanto, la adquisición de un programa de facturación electrónica puede ser una perfecta necesidad para poder solicitar la subvención del Kit Digital, por lo que te animamos a leer el artículo y sacarle el máximo provecho a tu transición digital.

Si lo prefieres, siempre podrás contar con tu gestoría de Barcelona, Lola Business para asesorarte o realizar los trámites que necesites. ¡Gracias por confiar en nosotros/as!