Subrogación laboral,implicación para trabajadores y empresas

La subrogación laboral es el proceso mediante el cual una empresa asume los trabajadores de otra empresa, manteniendo sus derechos y condiciones laborales. Este proceso está regulado por la legislación laboral española y puede ocurrir en diferentes situaciones, como la sucesión de empresas, externalización de servicios o cambio de contratista. Cuando una empresa subroga a otra, se configura una “sucesión empresarial”, y es una acción legal que aparece reconocida en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Este cambio empresarial no puede lesionar los derechos de los trabajadores.

¿Cuándo se produce la subrogación laboral?

La subrogación puede venir derivado de estas dos causas:

  • En virtud del artículo 44 del Estatuto de los trabajadores, es decir sucesión empresarial, cuando hay una compra, absorción o simplemente un cambio de denominación de la mercantil. En este caso una compañía sustituye a otra. La nueva empresa se hace responsable de todas las obligaciones que contrajo la compañía anterior. Es decir, todos los compromisos relativos a deudas con acreedores y la continuación de las relaciones laborales con sus trabajadores.
  • por la adjudicación de una externalización o contrata a una nueva empresa, cuando así lo indique el convenio colectivo, como por ejemplo en el convenio colectivo de empresas de seguridad o de limpieza. También puede existir obligación de subrogar cuando no lo dice el convenio, pero existe sucesión empresarial entre las dos empresas. Entonces, la nueva compañía que es contratada asume la condición de empleadora de los trabajadores que estuvieron relacionados con la empresa saliente

Claramente, la ley protege a los trabajadores frente a los cambios de empleador. Sea como fuere el mecanismo de la subrogación laboral, el nuevo empleador, sea individual o empresa, tiene que respetar las condiciones y los derechos laborales de los trabajadores contratados por la empresa anterior.

¿Qué obligaciones tiene la nueva empresa que contrata?

Conjuntamente con la empresa subrogada, la nueva empresa comunicará por escrito a todos sus empleados que es la empresa subrogante. En el comunicado se explicita:

  • La fecha prevista para la subrogación laboral.
  • Los motivos que la ocasionan.
  • Las consecuencias jurídicas, económicas y sociales de la transmisión para el trabajador.
  • Medidas previstas que afecten a los trabajadores.
  • Tiene que hacer llegar una copia de la comunicación al Servicio Público de Empleo Estatal (S.E.P.E.). Este comunicado debe estar firmado tanto por el dueño de la empresa como por los representantes de los trabajadores.
  • La compañía nueva adquiere con los empleados todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social que tenía la empresa saliente.
  • Igualmente, cuando existe un convenio colectivo, la empresa que contrata debe dar cumplimiento a todas las cláusulas del convenio colectivo de los trabajadores subrogados. Sin embargo, esta obligación es temporal, pues legalmente termina cuando expira la norma o entra en vigencia un nuevo convenio, de acuerdo con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Rec. C-328/2013.
  • Asimismo, asume todas las obligaciones laborales y de Seguridad Social que mantenía la empresa anterior. Por tanto, si la empresa original tiene deudas salariales con sus empleados, serán abonadas por la nueva empresa subrogante.

¿Qué modificaciones puede hacer la empresa subrogante en la situación laboral de los trabajadores?

Es posible y legal que en la nueva organización realice algunos ajustes que impacten en los empleados.

Modificación de la jornada laboral o del salario

El nuevo empleador puede modificar el salario, horarioturnos y la jornada laboral, siempre que exista una causa objetiva que lo justifique. Estas causas pueden ser razones técnicas, organizativas, económicas o de producción.

Sin embargo, estas modificaciones deberán seguir el procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de Trabajadores que se refiere a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

En cualquier caso, se deberán respetar los derechos recogidos en el  convenio colectivo vigente. En otras palabras, a través de una modificación de las condiciones de trabajo no se pueden vulnerar los derechos de los trabajadores.

Cambios en el lugar geográfico de trabajo

La movilidad geográfica es una de las potestades del nuevo empresario.  Si la empresa tiene filiales en otras ciudades, podrá determinar el traslado de un empleado con carácter temporal o permanente.

En caso de que el trabajador no esté de acuerdo, podrá solicitar la extinción de la relación laboral y recibir su indemnización.

Reconocimiento de antigüedad

La empresa subrogante se hará cargo de los pagos de las prestaciones sociales de los trabajadores. La antigüedad no será modificada, pues la relación laboral no se elimina, sino que se considera continuada.

Por lo tanto, la nueva empresa se hace cargo de todas las obligaciones laborales, incluidos los complementos salariales por antigüedad.

¿Es posible oponerse a la subrogación laboral?

Pueden ocurrir dos situaciones:

  1. En caso de que la empresa subrogante no cambie sustancialmente las condiciones de trabajo, el trabajador no puede oponerse a la subrogación laboral. Sin embargo, si no está dispuesto a trabajar para el nuevo empleador, podrá pedir la baja voluntaria. En este caso no tendrá derecho a indemnización ni a pago por desempleo.
  2. En caso de que la nueva empresa modifique sustancialmente las condiciones de trabajo, el trabajador tendrá dos opciones:
    • Rescindir el contrato de trabajo. Cuando opta por esta alternativa, cobrará una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 9 meses.
    • Impugnar la modificación de las condiciones laborales en la justicia. Si la empresa perjudica al trabajador, pero este no quiere rescindir el contrato, podrá acudir al ámbito judicial.

Consecuencias del incumplimiento por parte del empresario subroragante

Si un empresario durante el cambio de titularidad de una compañía se niega a subrogar los derechos y obligaciones laborales con los trabajadores, se expone a que sus empleados lo demanden, reclamando un despido improcedente. En este sentido, los empleados podrán alegar que la relación laboral debió continuar con la nueva empresa, porque su contrato estaba en vigor antes de la sucesión. Una empresa subrogante que no cumple con sus obligaciones como tal, está incumpliendo con la ley. Por lo tanto, puede ser demandada por los trabajadores

 

En resumen, si la empresa donde trabajas está en puertas de una subrogación laboral, ¡no debes preocuparte! Legalmente tus derechos laborales están garantizados. Esto implica que tu contrato no se extinguirá. La empresa entrante está obligada a continuar con todas las relaciones laborales, sin afectar la antigüedad de los empleados.

Si todavía te quedan dudas al respecto, recuerda que siempre podrás contar con nuestro equipo Lola Business, tu asesoría laboral en Barcelona de confianza, para asesorarte o realizar los trámites que necesites. ¡Gracias por confiar en nosotros/as!